Tuesday, October 11, 2011

Principio Del DESTINO UNIVERSAL DE LOS BIENES (Lo que dice textualmente el CDSI)



171Entre las múltiples implicaciones del bien común,adquiere inmediato relieve el principio del destino universal de los bienes: « Dios ha destinado la tierra y cuanto ella contienepara uso de todos los hombres y pueblos. En consecuencia, los bienes creadosdeben llegar a todos en forma equitativa bajo la égida de la justicia y con lacompañía de la caridad ».360 Este principio se basa en el hecho que« el origen primigenio de todo lo que es un bien es el acto mismo de Dios queha creado al mundo y al hombre, y que ha dado a éste la tierra para que ladomine con su trabajo y goce de sus frutos (cf. Gn 1,28-29). Dios hadado la tierra a todo el género humano para que ella sustente a todos sushabitantes, sin excluir a nadie ni privilegiar a ninguno. He ahí, pues, laraíz primera del destino universal de los bienes de la tierra. Ésta, por sumisma fecundidad y capacidad de satisfacer las necesidades del hombre, es elprimer don de Dios para el sustento de la vida humana ».361 Lapersona, en efecto, no puede prescindir de los bienes materiales que respondena sus necesidades primarias y constituyen las condiciones básicas para suexistencia; estos bienes le son absolutamente indispensables para alimentarse ycrecer, para comunicarse, para asociarse y para poder conseguir las más altasfinalidades a que está llamada.362

172El principio del destino universal de los bienes de latierra está en la base del derecho universal al uso de los bienes. Todo hombre debe tener la posibilidad de gozar delbienestar necesario para su pleno desarrollo: el principio del uso común de losbienes, es el « primer principio de todo el ordenamiento ético-social » 363y « principio peculiar de la doctrina social cristiana ».364 Poresta razón la Iglesiaconsidera un deber precisar su naturaleza y sus características. Se trata antetodo de un derecho natural, inscrito en la naturaleza del hombre, y nosólo de un derecho positivo, ligado a la contingencia histórica; además estederecho es                 « originario ».365 Esinherente a la persona concreta, a toda persona, y es prioritariorespecto a cualquier intervención humana sobre los bienes, a cualquierordenamiento jurídico de los mismos, a cualquier sistema y métodosocioeconómico: « Todos los demás derechos, sean los que sean, comprendidos enellos los de propiedad y comercio libre, a ello [destino universal de losbienes] están subordinados: no deben estorbar, antes al contrario, facilitar surealización, y es un deber social grave y urgente hacerlos volver a sufinalidad primera ».366

173La actuación concreta del principio del destinouniversal de los bienes, según los diferentes contextos culturales y sociales,implica una precisa definición de los modos, de los limites, de los objetos. Destino y uso universal no significan que todoesté a disposición de cada unoo de todos, ni tampoco que la misma cosa sirva o pertenezca a cada uno o atodos. Si bien es verdad que todos los hombres nacen con el derecho al uso delos bienes, no lo es menos que, para asegurar un ejercicio justo y ordenado,son necesarias intervenciones normativas, fruto de acuerdos nacionales einternacionales, y un ordenamiento jurídico que determine y especifique talejercicio.

174 El principio deldestino universal de los bienes invita a cultivar una visión de la economíainspirada en valores morales que permitan tener siempre presente el origen y lafinalidad de tales bienes, para así realizar un mundo justo y solidario, en el que la creación de la riqueza pueda asumiruna función positiva. La riqueza, efectivamente, presenta esta valencia, en lamultiplicidad de las formas que pueden expresarla como resultado de un procesoproductivo de elaboración técnico-económica de los recursos disponibles,naturales y derivados; es un proceso que debe estar guiado por la inventiva,por la capacidad de proyección, por el trabajo de los hombres, y debe serempleado como medio útil para promover el bienestar de los hombres y de lospueblos y para impedir su exclusión y explotación.

175El destino universal de los bienes comporta unesfuerzo común dirigido a obtener para cada persona y para todos los puebloslas condiciones necesarias de un desarrollo integral, de manera que todospuedan contribuir a la promoción de un mundo más humano, « donde cada uno pueda dar y recibir, y donde elprogreso de unos no sea obstáculo para el desarrollo de otros ni un pretextopara su servidumbre ».367 Este principio corresponde al llamado queel Evangelio incesantemente dirige a las personas y a las sociedades de todotiempo, siempre expuestas a las tentaciones del deseo de poseer, a las que elmismo Señor Jesús quiso someterse (cf. Mc 1,12-13; Mt 4,1-11;Lc 4,1-13) para enseñarnos el modo de superarlas con su gracia.

176Mediante el trabajo, el hombre, usando suinteligencia, logra dominar la tierra y hacerla su digna morada: « De este modo se apropia una parte de latierra, la que se ha conquistado con su trabajo: he ahí el origen de lapropiedad individual ».368 La propiedad privada y las otras formasde dominio privado de los bienes « aseguran a cada cual una zona absolutamentenecesaria para la autonomía personal y familiar y deben ser considerados comoampliación de la libertad humana (...) al estimular el ejercicio de la tarea yde la responsabilidad, constituyen una de las condiciones de las libertadesciviles ».369 La propiedad privada es un elemento esencial de unapolítica económica auténticamente social y democrática y es garantía de unrecto orden social. La doctrina social postula que la propiedad de losbienes sea accesible a todos por igual,370 de manera que todosse conviertan, al menos en cierta medida, en propietarios, y excluye el recursoa formas de « posesión indivisa para todos ».371

177La tradición cristiana nunca ha aceptado el derecho ala propiedad privada como absoluto e intocable: «Al contrario, siempre lo ha entendido en el contexto más amplio del derechocomún de todos a usar los bienes de la creación entera: el derecho a lapropiedad privada como subordinada al derecho al uso común, al destinouniversal de los bienes ».372 El principio del destino universal delos bienes afirma, tanto el pleno y perenne señorío de Dios sobre todarealidad, como la exigencia de que los bienes de la creación permanezcanfinalizados y destinados al desarrollo de todo el hombre y de la humanidadentera.373 Este principio no se opone al derecho de propiedad,374sino que indica la necesidad de reglamentarlo. La propiedad privada, enefecto, cualquiera que sean las formas concretas de los regímenes y de lasnormas jurídicas a ella relativas, es, en
su esencia, sólo un instrumento para el respeto del principio del destinouniversal de los bienes, y por tanto, en último análisis, un medio y no un fin.375

178La enseñanza social de la Iglesia exhorta areconocer la función social de cualquier forma de posesión privada,376 en clara referencia a las exigenciasimprescindibles del bien común.377 El hombre « no debe tener lascosas exteriores que legítimamente posee como exclusivamente suyas, sinotambién como comunes, en el sentido de que no le aprovechen a él solamente,sino también a los demás ».378 El destino universal de los bienescomporta vínculos sobre su uso por parte de los legítimos propietarios. Elindividuo no puede obrar prescindiendo de los efectos del uso de los propios recursos,sino que debe actuar en modo que persiga, además de las ventajas personales yfamiliares, también el bien común. De ahí deriva el deber por parte de lospropietarios de no tener inoperantes los bienes poseídos y de destinarlos a laactividad productiva, confiándolos incluso a quien tiene el deseo y lacapacidad de hacerlos producir.

179La actual fase histórica, poniendo a disposición de lasociedad bienes nuevos, del todo desconocidos hasta tiempos recientes, imponeuna relectura del principio del destino universal de los bienes de la tierra,haciéndose necesaria una extensión que comprenda también los frutos delreciente progreso económico y tecnológico.La propiedad de los nuevos bienes, fruto del conocimiento, de la técnica y delsaber, resulta cada vez más decisiva, porque en ella « mucho más que en losrecursos naturales, se funda la riqueza de las Naciones industrializadas ».379Los nuevos conocimientos técnicos y científicos deben ponerse alservicio de las necesidades primarias del hombre, para que pueda aumentarsegradualmente el patrimonio común de la humanidad. La plena actuación delprincipio del destino universal de los bienes requiere, por tanto, acciones anivel internacional e iniciativas programadas por parte de todos los países: «Hay que romper las barreras y los monopolios que dejan a tantos pueblos almargen del desarrollo, y asegurar a todos —individuos y Naciones— lascondiciones básicas que permitan participar en dicho desarrollo ».380

180Si bien en el proceso de desarrollo económico y socialadquieren notable relieve formas de propiedad desconocidas en el pasado, no sepueden olvidar, sin embargo, las tradicionales. La propiedad individual no esla única forma legítima de posesión. Reviste particular importancia también laantigua forma de propiedad comunitaria que,presente también en los países económicamente avanzados, caracteriza de modopeculiar la estructura social de numerosos pueblosindígenas. Es una forma de propiedad que incide muy profundamente en la vidaeconómica, cultural y política de aquellos pueblos, hasta el punto deconstituir un elemento fundamental para su supervivencia y bienestar. Ladefensa y la valoración de la propiedad comunitaria no deben excluir, sinembargo, la conciencia de que también este tipo de propiedad está destinado aevolucionar. Si se actuase sólo para garantizar su conservación, se correría elriesgo de anclarla al pasado y, de este modo, ponerla en peligro.381 Siguesiendo vital, especialmente en los países en vías de desarrollo o que hansalido de sistemas colectivistas o de colonización, la justa distribución de latierra. En las zonas rurales, la posibilidad de acceder a la tierramediante las oportunidades ofrecidas por los mercados de trabajo y de crédito,es condición necesaria para el acceso a los demás bienes y servicios; además deconstituir un camino eficaz para la salvaguardia del ambiente, esta posibilidadrepresenta un sistema de seguridad social realizable también en los países quetienen una estructura administrativa débil.382

181De la propiedad deriva para el sujeto poseedor, seaéste un individuo o una comunidad, una serie de ventajas objetivas: mejores condiciones de vida, seguridad para elfuturo, mayores oportunidades de elección. De la propiedad, por otro lado,puede proceder también una serie de promesas ilusorias y tentadoras. Elhombre o la sociedad que llegan al punto de absolutizar el derecho depropiedad, terminan por experimentar la esclavitud más radical. Ningunaposesión, en efecto, puede ser considerada indiferente por el influjo queejerce, tanto sobre los individuos, como sobre las instituciones; el poseedorque incautamente idolatra sus bienes (cf. Mt 6,24; 19,21-26; Lc16,13) resulta, más que nunca, poseído y subyugado por ellos.383Sólo reconociéndoles la dependencia de Dios creador y, consecuentemente,orientándolos al bien común, es posible conferir a los bienes materiales lafunción de instrumentos útiles para el crecimiento de los hombres y de lospueblos.

c) Destinouniversal de los bienes y opción preferencial por los pobres[3]
182El principio del destino universal de los bienes exigeque se vele con particular solicitud por los pobres, por aquellos que seencuentran en situaciones de marginación y, en cualquier caso, por las personascuyas condiciones de vida les impiden un crecimiento adecuado. A este propósito se debe reafirmar, con toda sufuerza, la opción preferencial por los pobres: 384 « Esta esuna opción o una forma especial de primacía en el ejercicio de lacaridad cristiana, de la cual da testimonio toda la tradición de la Iglesia. Se refiere ala vida de cada cristiano, en cuanto imitador de la vida de Cristo, pero seaplica igualmente a nuestras responsabilidades sociales y,consiguientemente, a nuestro modo de vivir y a las decisiones que se debentomar coherentemente sobre la propiedad y el uso de los bienes. Pero hoy, vistala dimensión mundial que ha adquirido la cuestión social, este amorpreferencial, con las decisiones que nos inspira, no puede dejar de abarcar alas inmensas muchedumbres de hambrientos, mendigos, sin techo, sin cuidadosmédicos y, sobre todo, sin esperanza de un futuro mejor ».385

183 La miseria humana esel signo evidente de la condición de debilidad del hombre y de su necesidad desalvación.386 De ella se compadeció Cristo Salvador,que se identificó con sus « hermanos más pequeños » (Mt 25,40.45). «Jesucristo reconocerá a sus elegidos en lo que hayan hecho por los pobres. Labuena nueva "anunciada a los pobres" (Mt 11,5; Lc 4,18)es el signo de la presencia de Cristo ».387 Jesús dice: « Pobrestendréis siempre con vosotros, pero a mí no me tendréis siempre » (Mt26,11; cf. Mc 14,3-9; Jn 12,1-8) no para contraponer al serviciode los pobres la atención dirigida a Él. El realismo cristiano, mientras poruna parte aprecia los esfuerzos laudables que se realizan para erradicar lapobreza, por otra parte pone en guardia frente a posiciones ideológicas ymesianismos que alimentan la ilusión de que se pueda eliminar totalmente deeste mundo el problema de la pobreza. Esto sucederá sólo a su regreso, cuandoÉl estará de nuevo con nosotros para siempre. Mientras tanto, los pobresquedan confiados a nosotros y en base a esta responsabilidad seremos juzgadosal final (cf. Mt 25,31-46): « Nuestro Señor nos advierte queestaremos separados de Él si omitimos socorrer las necesidades graves de lospobres y de los pequeños que son sus hermanos ».388

184 El amor de la Iglesia por los pobres seinspira en el Evangelio de las bienaventuranzas, en la pobreza de Jesús y en suatención por los pobres. Este amor se refiere a la pobreza material y también alas numerosas formas de pobreza cultural y religiosa.389La Iglesia «desde los orígenes, y a pesar de los fallos de muchos de sus miembros, no hacesado de trabajar para aliviarlos, defenderlos y liberarlos. Lo ha hechomediante innumerables obras de beneficencia, que siempre y en todo lugarcontinúan siendo indispensables ».390 Inspirada en el preceptoevangélico: « De gracia lo recibisteis; dadlo de gracia » (Mt 10,8), la Iglesia enseña a socorreral prójimo en sus múltiples necesidades y prodiga en la comunidad humanainnumerables obras de misericordia corporales y espirituales: « Entreestas obras, la limosna hecha a los pobres es uno de los principalestestimonios de la caridad fraterna; es también una práctica de justicia queagrada a Dios »,391 aun cuando la práctica de la caridad no sereduce a la limosna, sino que implica la atención a la dimensión social ypolítica del problema de la pobreza. Sobre esta relación entre caridad y justiciaretorna constantemente la enseñanza de la Iglesia: « Cuando damos a los pobres las cosasindispensables no les hacemos liberalidades personales, sino que les devolvemoslo que es suyo. Más que realizar un acto de caridad, lo que hacemos es cumplirun deber de justicia ».392 Los Padres Conciliares recomiendan confuerza que se cumpla este deber « para no dar como ayuda de caridad lo que yase debe por razón de justicia ».393 El amor por los pobres esciertamente « incompatible con el amor desordenado de las riquezas o su usoegoísta » 394 (cf. St 5,1-6).
360ConcilioVaticano II, Const. past. Gaudium et spes, 69: AAS 58 (1966) 1090.
361Juan Pablo II,Carta enc. Centesimus annus, 31: AAS 83 (1991) 831.
362Cf. Pío XII, Radiomensajepor el 50º Aniversario de la « Rerum novarum »: AAS 33 (1941) 199-200.
363Juan Pablo II,Carta enc. Laborem exercens, 19: AAS 73 (1981) 525.
364Juan Pablo II,Carta enc. Sollicitudo rei socialis, 42: AAS 80 (1988) 573.
365Pío XII, Radiomensajepor el 50º aniversario de la « Rerum novarum »: AAS 33 (1941) 199.
366Pablo VI, Cartaenc. Populorum progressio, 22: AAS 59 (1967) 268.
367Congregación para la Doctrina de la Fe, Instr. Libertatisconscientia, 90: AAS 79 (1987) 594.
368Juan Pablo II, Carta enc. Centesimus annus, 31:AAS 83 (1991) 832.
369Concilio Vaticano II, Const. past. Gaudium et spes,71: AAS 58 (1966) 1092- 1093; cf. León XIII, Carta enc. Rerum novarum: ActaLeonis XIII, 11 (1892) 103-104; Pío XII, Radiomensaje por el 50ºaniversario de la « Rerum novarum »: AAS 33 (1941) 199; Id., Radiomensajede Navidad (24 de diciembre de 1942): AAS 35 (1943) 17; Id.,Radiomensaje (1º de septiembre de 1944): AAS 36 (1944) 253; Juan XXIII,Carta enc. Mater et magistra: AAS 53 (1961) 428-429.
370Cf. Juan Pablo II, Carta enc. Centesimus annus,6: AAS 83 (1991) 800-801.
371León XIII, Carta enc. Rerum novarum: ActaLeonis XIII, 11 (1892) 102.
372Juan Pablo II, Carta enc. Laborem exercens, 14: AAS 73 (1981) 613.
373Cf. Concilio Vaticano II, Const. past. Gaudium et spes, 69:AAS 58 (1966) 1090-1092; Catecismo de la Iglesia Católica,2402-2406.
374Cf. León XIII, Carta enc. Rerum novarum:Acta Leonis XIII, 11 (1892) 102.
375Cf. Pablo VI, Carta enc. Populorum progressio,22-23: AAS 59 (1967) 268-269.
376Cf. Juan XXIII, Carta enc. Mater et magistra:AAS 53 (1961) 430-431; Juan Pablo II, Discurso a la III ConferenciaGeneral del Episcopado Latinoamericano, Puebla (28 de enero de 1979),III/4: AAS 71 (1979) 199-201.
377Cf. Pío XI, Carta enc. Quadragesimo anno: AAS 23 (1931) 191-192.193-194. 196-197.
378Concilio Vaticano II, Const. past.Gaudium et spes, 69: AAS 58 (1966) 1090.
379Juan Pablo II, Carta enc. Centesimus annus, 32:AAS 83 (1991) 832.
380Juan Pablo II, Carta enc. Centesimus annus, 35: AAS 83 (1991) 837.
381Cf. Concilio Vaticano II, Const. past. Gaudium etspes, 69: AAS 58 (1966) 1090-1092.
382Cf. Pontificio Consejo «Justicia y Paz », Para una mejor distribución de la tierra. El reto de lareforma agraria (23 de noviembre de 1997), 27-31: Librería EditriceVaticana, Ciudad del Vaticano 1997, pp. 25-28.
383Cf. Juan Pablo II, Carta enc. Sollicitudo reisocialis, 27-34; 37: AAS 80 (1988) 547-560. 563-564; Id., Carta enc.Centesimus annus, 41: AAS 83 (1991) 843-845.
384Cf. Juan Pablo II, Discurso a la III ConferenciaGeneral del Episcopado Latinoamericano, Puebla (28 de enero de 1979), I/8:AAS 71 (1979) 194-195.
385Juan Pablo II, Carta enc. Sollicitudo rei socialis,42: AAS 80 (1988) 572-573; cf. Id., Carta enc. Evangelium vitae, 32: AAS87 (1995) 436-437; Id., Carta ap. Tertio millennio adveniente, 51: AAS87 (1995) 36; Id., Carta ap. Novo millennio ineunte, 49-50: AAS 93(2001) 302-303.
386Cf. Catecismo de la Iglesia Católica,2448.
387Catecismo de la Iglesia Católica,2443.
388Catecismo de la Iglesia Católica,1033.
389Cf. Catecismo de la Iglesia Católica,2444.
390Catecismo de la Iglesia Católica,2448.
391Catecismo de la Iglesia Católica,2447.
392San Gregorio Magno, Regula pastoralis, 3, 21:PL 77, 87: « Nam cum quaelibet necessaria indigentibus ministramus, sua illisreddimus, non nostra largimur; iustitiae potius debitum soluimus, quammisericordiae opera implemus ».
393Concilio Vaticano II, Decr. Apostolicamactuositatem, 8: ASS 58 (1966) 845; cf. Catecismo de la Iglesia Católica,2446.
394Catecismo de la Iglesia Católica,2445.


[1] Compendio de la DoctrinaSocial de la Iglesia
[2]Compendio de la DoctrinaSocial de la Iglesia
[3]Compendio de la DoctrinaSocial de la Iglesia

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